El Estado de Bienestar se
define como un modelo de organización social, mediante la cual el Estado provee ciertas garantías sociales a la totalidad de los habitantes
de un país. Correspondiendo
a los objetivos generales de este modelo de Estado, se encuentra como garantía, una justicia y nivel de vida dignos
para la totalidad de la población y la posible satisfacción del conjunto de
normas y principios por el que se rige la sociedad.
A pesar de que el hecho
de que “todas las personas deben contar con las mismas oportunidades de acceso
a la vida laboral, social, cultural y familiar, y no pueden ser discriminadas
por ningún tipo de motivo”, esté estipulado como principio universal y forme un
pilar fundamental en el buen funcionamiento de una sociedad que se rige por un
Estado de Bienestar, en innumerables ocasiones no se lleva al terreno práctico
y se incumple.
Para que un grupo sea
considerado “grupo étnico”, según Barth, debería reunir las siguientes
características: auto perpetuación biológica,
compartir ciertos valores culturales fundamentales, creación de un campo propio
de comunicación e interacción, pertenecer al grupo serviría de identificación
como tal por otros. De esta forma, las minorías étnicas suelen ser el
segmento de la población que más se ve afectado por ello, debido a que dicho
grupo se distingue a grandes rasgos por tener una lengua, religión, origen
histórico o raza propia, diferenciándose así de las características sociales
que imperan en la mayoría.
Los gobiernos de las distintas naciones pertenecientes a la ONU
(Organización de las Naciones Unidas) tienen a su cargo una serie de
obligaciones para asegurar que los derechos de las minorías étnicas se lleven a
cabo, y para garantizar dichos derechos, se han ido desarrollando una serie de
leyes convenciones, o acuerdos, de los que a continuación se destacarán algunos
fragmentos.
Son muchos los acuerdos que se han
firmado entre los gobiernos para así adquirir una serie de compromisos que,
entre otros, aseguren los derechos humanos a las minorías étnicas (Declaración
de Copenhague en 1995, Declaración de Beijing, Declaración de los derechos de
las personas pertenecientes a Minorías Nacionales, Étnicas, Religiosas y de
Idioma en 1992, etc.) A continuación se adjuntará un fragmento de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos
de Viena, celebrada en 1993, a modo de ejemplo.
"El respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales sin distinción alguna es una regla fundamental de las normas internacionales de derechos humanos... La pronta y amplia eliminación de todas las formas de racismo y discriminación racial, de la xenofobia y de otras manifestaciones conexas de intolerancia es una tarea prioritaria de la comunidad internacional... Considerando la importancia de las actividades de promoción y protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías y la contribución de esas actividades a la estabilidad política y social de los Estados en que viven esas personas... La Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirma la obligación de los Estados de velar por que las personas pertenecientes a minorías puedan ejercer plena y eficazmente todos los derechos humanos y las libertades fundamentales sin discriminación alguna y en condiciones de total igualdad ante la ley... Las personas pertenecientes a minorías tienen derecho a su propia cultura, a profesar y practicar su religión y a emplear su propio idioma en público y en privado, con toda libertad y sin injerencia ni discriminación alguna.... La Conferencia Mundial de Derechos Humanos expresa su consternación ante las violaciones masivas de los derechos humanos, especialmente el genocidio, la "limpieza étnica" y la violación sistemática de mujeres en situaciones de guerra, lo que da lugar al éxodo en masa de refugiados y personas desplazadas. Condena firmemente esas prácticas odiosas y reitera su llamamiento para que se castigue a los autores de esos crímenes y se ponga fin inmediatamente a esas prácticas... La Conferencia Mundial de Derechos Humanos insta a los Estados y a la comunidad internacional a promover y proteger los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas... Las medidas que deben adoptarse, abarcarán, cuando proceda, la facilitación de la plena participación de esas minorías en todos los aspectos de la vida política, económica, social, religiosa y cultural de la sociedad y en el progreso y desarrollo de su país...”
Parte I
párrafo 15, 19 y 28; Parte II párrafo 26 y 27.
Concretamente en España, uno de los
planes de acción más desarrollados para combatir la discriminación de estas
minorías, está enfocado a las personas de raza gitana. El Programa de
Desarrollo Gitano, el cual siempre ha estado adscrito al área de Asuntos
Sociales, ha financiado proyectos de integración social, entre otros. En 2005,
y también ligado al ámbito de la Política Social, se creó el Consejo Estatal
del Pueblo Gitano, con el fin de ser un órgano consultivo que sirviese también
de participación para la población gitana.
A
pesar de que, en gran parte gracias a estos planes de intervención, se ha
producido una notable mejoría en la riqueza económica de dicho colectivo, no
está todo conseguido. Según los últimos datos que muestra el informe
FOESSA, “pertenecer a la comunidad
gitana es el mayor factor de riesgo asociado a la exclusión social (el 14% de
los hogares de familias gitanas se encuentran en situación de exclusión
severa).”
Este
hecho, también se refleja a nivel
internacional, habiendo sido violados en determinados países y en numerosas
ocasiones, los derechos humanos. Lo cual, hace ver que en algunos casos, los
convenios o planes acordados no son efectivos.
Como se puede observar, a
pesar de haberse diseñado distintas estrategias para conseguir erradicar la
situación de exclusión que sufren las minorías existentes en una determinada población,
no se ha llegado a lograr ese objetivo y de hecho, en períodos de crisis por
los que estamos pasando hoy en día, se intensifican de manera notable. Por este
motivo, aunque sí que considero positivo el haber logrado firmar la mayoría de
los distintos acuerdos existentes, ya que creo que tanto el contenido como el
fin, son bastante acertados; considero que quizás sería de más utilidad no
contar con tantos acuerdos meramente teóricos y sí con más planes de acción que
lleguen a toda la población, llevando así, la teoría al plano real.
Además, me gustaría
destacar la inmediata necesidad que tienen los países de que exista una
concienciación social plena y verdadera. El hecho de que la totalidad de la
población entienda la importancia que tiene incluir y tratar a todos los
ciudadanos con el respeto y la dignidad que merece, haría no únicamente progresar
en el plano individual, sino también en el social, consiguiendo un desarrollo
muy efectivo a nivel nacional.
Así pues, me gustaría
concluir expresando lo útil que considero el hecho de que como ciudadanos,
despierte el interés en nosotros por informarnos a cerca de cuáles son los
colectivos más discriminados de la sociedad, en qué situación real se
encuentran, qué hacemos o estamos dispuestos a hacer para combatir su exclusión
y cuáles son los resultados finales de dichas acciones. Y, por supuesto, establecer
un compromiso personal que se base en no formar parte de una mayoría que
excluye, discrimina y aísla a una parte de la sociedad.