viernes, 31 de mayo de 2013

MINORÍAS ÉTNICAS

El Estado de Bienestar se define como un modelo de organización social, mediante la cual el Estado provee ciertas  garantías sociales a la totalidad de los habitantes de un país. Correspondiendo a los objetivos generales de este modelo de Estado, se encuentra como  garantía, una justicia y nivel de vida dignos para la totalidad de la población y la posible satisfacción del conjunto de normas y principios por el que se rige la sociedad.

A pesar de que el hecho de que “todas las personas deben contar con las mismas oportunidades de acceso a la vida laboral, social, cultural y familiar, y no pueden ser discriminadas por ningún tipo de motivo”, esté estipulado como principio universal y forme un pilar fundamental en el buen funcionamiento de una sociedad que se rige por un Estado de Bienestar, en innumerables ocasiones no se lleva al terreno práctico y se incumple.

Para que un grupo sea considerado “grupo étnico”, según Barth, debería reunir las siguientes características: auto perpetuación biológica, compartir ciertos valores culturales fundamentales, creación de un campo propio de comunicación e interacción, pertenecer al grupo serviría de identificación como tal por otros. De esta forma, las minorías étnicas suelen ser el segmento de la población que más se ve afectado por ello, debido a que dicho grupo se distingue a grandes rasgos por tener una lengua, religión, origen histórico o raza propia, diferenciándose así de las características sociales que imperan en la  mayoría.

Los gobiernos de las distintas naciones pertenecientes a la ONU (Organización de las Naciones Unidas) tienen a su cargo una serie de obligaciones para asegurar que los derechos de las minorías étnicas se lleven a cabo, y para garantizar dichos derechos, se han ido desarrollando una serie de leyes convenciones, o acuerdos, de los que a continuación se destacarán algunos fragmentos.

Son muchos los acuerdos que se han firmado entre los gobiernos para así adquirir una serie de compromisos que, entre otros, aseguren los derechos humanos a las minorías étnicas (Declaración de Copenhague en 1995, Declaración de Beijing, Declaración de los derechos de las personas pertenecientes a Minorías Nacionales, Étnicas, Religiosas y de Idioma en 1992, etc.) A continuación se adjuntará un fragmento de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos de Viena, celebrada en 1993, a modo de ejemplo.

"El respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales sin distinción alguna es una regla fundamental de las normas internacionales de derechos humanos... La pronta y amplia eliminación de todas las formas de racismo y discriminación racial, de la xenofobia y de otras manifestaciones conexas de intolerancia es una tarea prioritaria de la comunidad internacional... Considerando la importancia de las actividades de promoción y protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías y la contribución de esas actividades a la estabilidad política y social de los Estados en que viven esas personas... La Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirma la obligación de los Estados de velar por que las personas pertenecientes a minorías puedan ejercer plena y eficazmente todos los derechos humanos y las libertades fundamentales sin discriminación alguna y en condiciones de total igualdad ante la ley... Las personas pertenecientes a minorías tienen derecho a su propia cultura, a profesar y practicar su religión y a emplear su propio idioma en público y en privado, con toda libertad y sin injerencia ni discriminación alguna.... La Conferencia Mundial de Derechos Humanos expresa su consternación ante las violaciones masivas de los derechos humanos, especialmente el genocidio, la "limpieza étnica" y la violación sistemática de mujeres en situaciones de guerra, lo que da lugar al éxodo en masa de refugiados y personas desplazadas. Condena firmemente esas prácticas odiosas y reitera su llamamiento para que se castigue a los autores de esos crímenes y se ponga fin inmediatamente a esas prácticas... La Conferencia Mundial de Derechos Humanos insta a los Estados y a la comunidad internacional a promover y proteger los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas... Las medidas que deben adoptarse, abarcarán, cuando proceda, la facilitación de la plena participación de esas minorías en todos los aspectos de la vida política, económica, social, religiosa y cultural de la sociedad y en el progreso y desarrollo de su país...”
Parte I párrafo 15, 19 y 28; Parte II párrafo 26 y 27.



Concretamente en España, uno de los planes de acción más desarrollados para combatir la discriminación de estas minorías, está enfocado a las personas de raza gitana. El Programa de Desarrollo Gitano, el cual siempre ha estado adscrito al área de Asuntos Sociales, ha financiado proyectos de integración social, entre otros. En 2005, y también ligado al ámbito de la Política Social, se creó el Consejo Estatal del Pueblo Gitano, con el fin de ser un órgano consultivo que sirviese también de participación para la población gitana.

            A pesar de que, en gran parte gracias a estos planes de intervención, se ha producido una notable mejoría en la riqueza económica de dicho colectivo, no está todo conseguido. Según los últimos datos que muestra el informe FOESSA,  “pertenecer a la comunidad gitana es el mayor factor de riesgo asociado a la exclusión social (el 14% de los hogares de familias gitanas se encuentran en situación de exclusión severa).”
            Este hecho, también se refleja  a nivel internacional, habiendo sido violados en determinados países y en numerosas ocasiones, los derechos humanos. Lo cual, hace ver que en algunos casos, los convenios o planes acordados no son efectivos.

Como se puede observar, a pesar de haberse diseñado distintas estrategias para conseguir erradicar la situación de exclusión que sufren las minorías existentes en una determinada población, no se ha llegado a lograr ese objetivo y de hecho, en períodos de crisis por los que estamos pasando hoy en día, se intensifican de manera notable. Por este motivo, aunque sí que considero positivo el haber logrado firmar la mayoría de los distintos acuerdos existentes, ya que creo que tanto el contenido como el fin, son bastante acertados; considero que quizás sería de más utilidad no contar con tantos acuerdos meramente teóricos y sí con más planes de acción que lleguen a toda la población, llevando así, la teoría al plano real.

Además, me gustaría destacar la inmediata necesidad que tienen los países de que exista una concienciación social plena y verdadera. El hecho de que la totalidad de la población entienda la importancia que tiene incluir y tratar a todos los ciudadanos con el respeto y la dignidad que merece, haría no únicamente progresar en el plano individual, sino también en el social, consiguiendo un desarrollo muy efectivo a nivel nacional.

Así pues, me gustaría concluir expresando lo útil que considero el hecho de que como ciudadanos, despierte el interés en nosotros por informarnos a cerca de cuáles son los colectivos más discriminados de la sociedad, en qué situación real se encuentran, qué hacemos o estamos dispuestos a hacer para combatir su exclusión y cuáles son los resultados finales de dichas acciones. Y, por supuesto, establecer un compromiso personal que se base en no formar parte de una mayoría que excluye, discrimina y aísla a una parte de la sociedad.





 Ángela Crespo Herrador 2ºC-C1


No hay comentarios:

Publicar un comentario